En desarrollo de las Leyes 1639 de 2013 y 1773 de 2016, de autoría del Partido Político MIRA, la Superintendencia de Salud expidió el pasado 24 de agosto el instructivo para la Ruta de Atención Integral a Víctimas de Ataques con Ácidos, álcalis o sustancias similares o corrosivas, que debe ser implementada en las instituciones prestadoras del servicio de salud (públicas, privadas y mixtas), así como en las entidades territoriales; su incumplimiento acarreará sanciones.
Con este instructivo para la ruta de atención, las víctimas ahora deberán ser atendidas de manera prioritaria, pues se les deberá garantizar los servicios, tratamientos médicos y psicológicos, procedimientos e intervenciones necesarios para restituir la fisionomía y funcionalidad de las partes afectadas de manera gratuita; las Unidades de Quemados deberán prestar sus servicios a través de los profesionales médicos especializados, deberá existir un Plan de atención integral en salud ambulatorio físico, así como un Plan de intervenciones en salud mental y de rehabilitación.
Las víctimas de estos ataques, en el contexto de violencia intrafamiliar, también gozarán de medidas de protección, que deben ser solicitadas por las IPS de manera inmediata. Estas entidades también deberán hacer seguimiento a la evolución de los casos mediante la conformación de un comité científico interdisciplinario que evalúe los avances y dificultades del plan de atención integral y se deberá garantizar la protección a la intimidad de la víctima, entre otros.
“Nuestras Leyes conocidas como Ley de ácidos o Ley Natalia Ponce, incrementaron las penas con un máximo de hasta 40 años de prisión en caso de ataques y lesiones en el rostro, eliminaron los beneficios a los agresores quienes ya no podrán acceder a la suspensión condicional de la pena, a prisión domiciliaria, ni beneficios judiciales o administrativos, y ordenaron al Ministerio de Salud formular la política pública de atención integral a las víctimas para garantizar la atención médica y psicológica integral”, indicó el Presidente del Partido Político MIRA, Carlos Alberto Baena.
“Gracias a la implementación de nuestras Leyes, las cifras evidencian la disminución de este aberrante delito en nuestro país: de acuerdo con estadísticas del Sistema de Vigilancia en Salud Pública de la Violencia de Género, en el año 2016 se presentaron 49 casos de lesiones por agentes químicos, 75 en el 2015 y 283 en el 2014”, aseguró la Concejal de Bogotá, Gloria Stella Díaz.
“Esperamos que con el desarrollo eficiente de nuestras Leyes y la aplicación efectiva del instructivo para la ruta de atención, los ataques con ácido desaparezcan definitivamente en Colombia y que aquellos casos que se presenten sean atendidos de manera integral, puntualizó el Representante a la Cámara por Bogotá”, Carlos Eduardo Guevara.
Supersalud expide ruta de atención para víctimas
Disminuyen ataques con ácido en el país.
De acuerdo con estadísticas del Sistema de Vigilancia en Salud Pública de la Violencia de Género, en 2016 se presentaron 49 casos de lesiones por agentes químicos, 75 casos en 2015 y en 2014, 283 casos, cifras que evidencian la disminución de este aberrante delito en el país, aseguró el Partido Político MIRA.
De acuerdo con el Representante Carlos Eduardo Guevara, en desarrollo de las leyes de autoría de MIRA, la Superintendencia de Salud expidió el pasado 24 de agosto el instructivo para la ruta de atención integral a víctimas de ataques con ácidos, álcalis o sustancias similares o corrosivas, que debe ser implementada en las instituciones prestadoras del servicio de salud (públicas, privadas y mixtas), así como en las entidades territoriales, cuyo incumplimiento acarreará sanciones por parte de la Superintendencia.
Las Leyes 1639 de 2013 de autoría del Ex – Senador Carlos Baena y la Ex – Representante Gloria Stella Díaz Ortiz, y la ley 1773 de 2016, conocida como “Ley de Ácidos” o “Ley Natalia Ponce” de autoría de MIRA, incrementaron las penas con un máximo de hasta 40 años de prisión en caso de ataques y lesiones en el rostro, eliminaron los beneficios a los agresores quienes ya no podrán acceder a la suspensión condicional de la pena, a prisión domiciliaria, ni beneficios judiciales o administrativos, y ordenaron al Ministerio de Salud formular la política pública de atención integral a las víctimas para garantizar la atención médica y psicológica integral, indicó la Concejal de Bogotá, Gloria Stella Díaz Ortiz
Según el Representante Guevara, con este instructivo para la ruta de atención, las víctimas ahora deberán ser atendidas de manera prioritaria, pues se les deberá garantizar los servicios, tratamientos médicos y psicológicos, procedimientos e intervenciones necesarios para restituir la fisionomía y funcionalidad de las partes afectadas de manera gratuita; las Unidades de Quemados deberán prestar sus servicios a través de los profesionales médicos especializados, deberá existir un Plan de atención integral en salud ambulatorio físico, así como un Plan de intervenciones en salud mental y de rehabilitación.
Las víctimas de ataques con ácidos, álcalis o sustancias similares o corrosivas en el contexto de violencia intrafamiliar, también gozarán de medidas de protección, que deben ser solicitadas por las IPS de manera inmediata. Estas entidades también deberán hacer seguimiento a la evolución de las víctimas mediante la conformación de un comité científico interdisciplinario que evalúe los avances y dificultades del plan de atención integral y se deberá garantizar la protección a la intimidad de la víctima, entre otros.
Finalmente la Concejal Gloria Stella Díaz, sostuvo que las leyes en esta materia y la expedición del instructivo para la ruta de atención a las víctimas servirán para que los casos de agresión con ácido desaparezcan definitivamente en Colombia y que aquellos casos que se presenten sean atendidos de manera integral, como quedó contemplado en la ley.
Por Doris Santafe