Proyectos como la JEP, amnistía, innovación agropecuaria, estatuto de la oposición, entre otros, fueron respaldados por el Congreso vía fast track durante el proceso de implementación del acuerdo.
Medellín, Antioquia, enero 25 de 2018 (Prensa senado).- Ante los asistentes al VIII Encuentro Regional por la Reconciliación que se desarrolla en la ciudad de Medellín, el presidente del Senado, Efraín Cepeda Sarabia,recalcó su compromiso y respaldo a la paz, destacó los resultados positivos del fin del conflicto armado con las Farc, que benefician a los colombianos.
Sobre el trabajo del Congreso frente a la refrendación del Acuerdo de Paz mediante el trámite legislativo de más de 14 proyectos de ley, Cepeda Sarabia sostuvo que ha creído con firmeza que legislar con ojo crítico, con apego a la ley y al mandato ciudadano, «son responsabilidades inaplazables» y que así ha actuado el Congreso.
Hace referencia a la situación jurídica que se ha suscitado tras la no aprobación en el Senado del proyecto de acto legislativo que creaba las 16 circunscripciones especiales para las víctimas, señaló que como Presidente del Congreso ha actuado en aras de salvaguardar el respeto a la representación del constituyente primario y el equilibrio en las ramas del poder público. «En tiempos en que la institucionalidad se ha visto resquebrajada, y en los que nosotros sus representantes estamos llamados a actuar con honestidad y transparencia, seguiré firme en mi labor de Presidente del Senado de las Causas Sociales y la Reconciliación en representación de todos los colombianos».
Cabe recordar que mediante fallo de tutela proferido por el Juzgado Dieciséis Administrativa de Oralidad del Circuito Judicial de Bogotá, se ordenó al Senado, en diciembre pasado, enviar de manera «inmediata» el texto del Acto Legislativo 017 de 2017 (circunscripciones transitorias especiales de paz).
En el transcurso de los primero días de enero del presente año, el presidente Efraín Cepeda impugnó dicho fallo alegando que el acto legislativo en mención no obtuvo la votación de la mayoría absoluta del Congreso, advirtió que dicho tribunal no tuvo en cuenta las diferencias que existen respecto al quórum y las mayorías exigidas para la aprobación de los proyectos en los términos del artículo 375 de la Constitución Política de Colombia.
Agregó que dicha decisión pasó por encima del Congreso de la República quien es el órgano que tiene asignada la competencia de reformar la Constitución, dándole esa potestad a los jueces.