Tunja, 26 de junio de 2020. (UACP). Los trabajadores dependientes o independientes que hayan terminado el vínculo laboral o hayan perdido su capacidad de pago, pueden acceder a los diferentes mecanismos que garantizan la continuidad del aseguramiento en salud.
Así lo dio a conocer la directora de Aseguramiento de la Secretaría de Salud de Boyacá, Leidy Jaimes Torres, quien aseguró que es importante que los boyacenses conozcan los mecanismos que les permiten tener el acceso a sus servicios de salud, especialmente en este momento.
“Hay mecanismos para la garantía del aseguramiento en salud, entre los que se encuentra la protección laboral; los trabajadores dependientes e independientes que perdieron su vinculación laboral o su capacidad de pago, gozan del derecho a la prestación de los servicios de salud, del plan de beneficios, por el periodo de un mes si como mínimo cotizaron los últimos 12 meses, o de 3 meses si estuvieron inscritos de manera continua durante 5 años”, indicó la ingeniera Leidy.
Agregó que, agotado el mecanismo de protección laboral, las personas que hayan perdido su trabajo podrán acceder a la protección al cesante durante 3 meses y posteriormente, si cumple con los requisitos, a la movilidad.
Los beneficiarios de los subsidios serán los cesantes que fueron trabajadores dependientes o independientes, cotizantes en las categorías A y B, que hayan realizado aportes a las cajas de compensación familiar, por lo menos, durante un año continuo o discontinuo, en los últimos cinco años.
Leidy Jaimes recordó, que todos los trabajadores del sector público y privado, dependientes o independientes, que realicen aportes a las cajas de compensación familiar, accederán al mecanismo de Protección al Cesante, sin importar la forma de su vinculación laboral. Recibirán un beneficio que consistirá en aportes al Sistema de Salud y Pensiones, calculado sobre un smmlv, durante 3 meses, de acuerdo con el Decreto 770 de 2020.
Agotados los mecanismos de protección laboral y protección al cesante, el ciudadano que cuente con encuesta SISBEN, dentro de los puntajes que señala la Resolución 3778 de 2011, podrá recurrir al mecanismo de movilidad y así recibir los servicios de salud en el régimen subsidiado. (Fin/ Edgar Rodríguez Lemus – UACP).
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