El acoso sexual laboral, otra violencia silenciosa
Según la Fiscalía, entre 2015 y 2020 se recibieron en Colombia más de 12 mil denuncias por el delito de acoso sexual. Sin embargo, de esos procesos solo hubo 119 sentencias condenatorias ejecutoriadas y 8 sentencias condenatorias apeladas, es decir solo el 1,03%
Un estudio realizado por el Ministerio del Trabajo indicó que las conductas de acoso sexual en el trabajo más comunes en Colombia son solicitudes o presión para tener sexo (82%), intento y ocurrencia de acto sexual, correos electrónicos y mensajes de texto vía celular y contacto físico consentido que se pasa del límite (72%).
La mayoría de las víctimas son mujeres, el 41% de estas prefieren manejar la situación por ellas mismas, al temer perder su trabajo por denunciar.
Bogotá, 14 de diciembre de 2022. Con el fin de lograr una vida libre de violencias en entornos laborales, la plenaria de Senado aprobó este miércoles por unanimidad en segundo debate el proyecto de ley por el cual se adoptan medidas para prevenir, proteger y sancionar el acoso sexual, el acoso sexual digital y otras formas de violencia sexual en estos contextos.
La iniciativa con ponencia coordinadora de la senadora Nadia Blel y de autoría de la senadora Angélica Lozano, tiene como propósito establecer medidas para proteger, atender y reparar a las víctimas de este tipo de agresiones, así como sancionar todas las conductas de acoso sexual en los espacios de trabajo haciendo especial énfasis en las prácticas presentadas en los contextos educativos entre docentes y directivos y docentes.
“El acoso sexual es un tipo de violencia invisibilizada que afecta en su gran mayoría a las mujeres y que dolorosamente hoy es normalizada en algunos lugares de trabajo, con este proyecto queremos garantizar el derecho fundamental a la igualdad, a la no discriminación a la estabilidad en el empleo y la intimidad”, afirmó la senadora Nadia Blel.
“Estas conductas no solo afectan a los empleados, también tiene efectos negativos sobre la eficiencia de las empresas porque se entorpece la productividad y el desarrollo”, añadió.
Cabe recordar que las conductas de acoso no solo son acercamientos o contactos físicos, también son acciones como propuestas verbales, correos electrónicos, cartas, mensajes de texto o misivas personales, llamadas telefónicas que ocasionan en las personas que las recibe incomodidad, humillación, daños físicos y psicológicos que pueden derivar en enfermedades como estrés, ansiedad, o depresión, sin contar con el descenso de la motivación o ausentismo laboral.
Es por eso que el proyecto prevé que el Gobierno en el término de seis meses a partir de la promulgación de la ley deberá crear un Plan Transversal que deberá contener acciones como campañas pedagógicas de difusión y de educación con enfoque diferencial a través de aplicaciones, programas de radio, televisión, redes sociales, o cine, así como la publicación regular de artículos en la prensa local y nacional en que describan las condiciones de vida y de trabajo digno libre de acoso y violencia sexual.
Asimismo, se deberán formular los lineamientos que deben tener en cuenta las ARL para la implementación de los Programas Especiales para el fortalecimiento de la Atención, Promoción y prevención del acoso sexual, el acoso sexual digital y otras formas de violencia sexual (PEAP) dentro del ámbito laboral.