«Electricaribe debe cumplir con los requisitos que exige la ley para el montaje y construcción de torres de energía eléctrica. La ley es para todos»: Ana María Castañeda.
La congresista sucreña asegura que la empresa Electricaribe S.A está actuando de manera irregular, al pretender continuar con la instalación de torres eléctricas en el barrio El Edén en Sincelejo, sin el cumplimiento de los requisitos que exige la ley.
28 de enero de 2019, Sincelejo. La empresa prestadora del servicio de energía en la costa caribe, Electricaribe S.A, ha iniciado las obras para construir el tramo faltante en la línea eléctrica Chinú – Boston 2, las cuales se ubicarían en medio de comunidades de estratos bajos en la capital de Sucre. De manera reiterada, los habitantes del sector han hecho reclamos a la entidad a través de derechos de petición que no tuvieron respuesta, por lo tanto interpusieron una acción de tutela, también sin contestación alguna. La Senadora Ana María atendió el llamado de la comunidad y en su conocimiento de la norma, solicitó detener las obras, ya que asegura que el comportamiento de Electricaribe es contrario al reglamento técnico de instalaciones eléctricas – RETIE – , el cual acoge las medidas y recomendaciones de la OMS para garantizar la vida de las personas, la vida animal/vegetal y la preservación del medio ambiente.
La parlamentaria argumenta que se debe revisar el procedimiento de dichas obras, debido a que la construcción cuenta con un permiso de intervención de espacio público vencido, expedido el 22 de agosto del 2012 y, este tipo de actos administrativos vencen a los dos años.
Para Ana María existen múltiples razones por la cual se debe revisar el procedimiento: “La comunidad de El Edén se ha visto afectada con este montaje. Sus permisos no sólo han vencido, sino que su comportamiento es contrario a la integridad urbanística, toda vez que violan los artículos 135 y el 140 del nuevo Código de Policía… La ley es clara, y Electricaribe S.A E.S.P. debe cumplirla; en estos casos la Inspección de Policía conjuntamente con la Secretaria de Planeación Municipal son los organismos competentes para suspender las obras de manera inmediata y aplicar las multas correspondientes. -Nuestro llamado es para que estudien con urgencia este caso-“señaló.
«Comprendo la importancia del proyecto para la región, sabemos que la energía eléctrica es un servicio público esencial para la población, pero para la construcción de la infraestructura que transporta la energía eléctrica desde el lugar donde se produce hasta donde se necesita, se debe cumplir con los requisitos plasmados en el documento RETIE -expedido por el Ministerio de Minas y Energía-, en procura de prevenir, minimizar o eliminar los riesgos de origen eléctrico». Agregó.
“Cabe resaltar que se han encontrado otras violaciones de la norma, ya que el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas establece que las líneas de transmisión eléctrica de 230 mil voltios deben tener una zona de retiro de 15 metros a cada lado del eje del centro de la torre; y, las torres de 500 voltios, deberán cumplir con una distancia de 30 mts a cada lado, sin embargo la construcción es aún más cercana a los ciudadanos. Además, no cumple con los requisitos exigidos por la CREG en el art. 73 de la ley 142 de 1994 o mejor conocida como Ley de servicios Públicos”.-Añadió Castañeda.